ANTECEDENTES DERECHO MERCANTIL
ANTECEDENTES DEL DERECHO MERCANTIL
Ya desde la época del hombre prehistórico, y a raíz del abandono
del nomadismo y la aparición de la agricultura, surge el
comercio en forma de exceso de producción, ya sea excedentes
alimenticios, ropajes o utensilios y herramientas varias. Por
supuesto, este tipo de comercio se basaba fundamentalmente en el
llamado Trueque, con el que las personas intercambiaban objetos
que no utilizaban por otros de mayor necesidad.
El sistema de trueque pese a ser el primer sistema mercantil,
carecía de suficientes medios para satisfacer a todo el ámbito
social. No siempre alguien aceptaba un producto a cambio de
otro, era muy difícil cuantificar el numero exacto de gallinas
que había que intercambiar para obtener una vaca, o el numero de
peces para conseguir una piel de cuero. Siempre existía el miedo
a ser estafado o a que el intercambio mercantil no fuese lo
beneficioso que se esperaba por ambos lados.
Con estas letras de fracaso tatuadas en la palabra trueque,
resultaba obvio que al final la humanidad se decantase por un
sistema mercantil de comercio mas sencillo y fácil de entender
por todos. Se comenzó a utilizar la moneda, adquiriendo por
tanto el metal con el que se forjaba su verdadero valor.
Con diferentes monedas de diferentes valores, ya era posible
hacer una buena cuantificación de los bienes que satisficiera a
todos los componentes de este sistema mercantil. La moneda es
quizá el antecedente por antonomasia del derecho mercantil, de
hecho hoy en día sigue siendo el método utilizado por todas las
culturas del mundo.
ANTECEDENTES DEL DERECHO MERCANTIL ANTERIORES A LA EDAD MEDIA
Veamos los antecedentes anteriores a la edad media:
La actividad mercantil es tan antigua como el hombre, y aparece
reflejada en todas las épocas y en todos los lugares habitados.
Son numerosos los textos de tipo mercantil encontrados dentro de
todo tipo de cultura, como lo pueblos egipcios, griegos, romanos
o fenicios. Todo este tipo de documentación carecía de un rigor
legislativo, se limitaban a ser anotaciones sobre asuntos
aislados que no se englobaban en un conjunto, tal y como tenemos
hoy en día el derecho Mercantil.
Destacan tres siglos antes de Cristo un conjunto de leyes a modo
de legislación marina, perteneciente al pueblo de los Rodios,
pueblo que mantenía excelentes relaciones con el pueblo romano,
y se cree por tanto que influyó positivamente en el famoso y
posterior decreto denominado el "Derecho romano".
El derecho romano, con su famoso Ius civile y el Ius gentium,
trató de regular las relaciones entre los propios romanos, así
como las relaciones entre romanos y los pueblos extranjeros y
externos al imperio. Todo este tipo de legislación hacía
referencia más al derecho civil actual que hoy conocemos que al
propio derecho mercantil.
Como anécdota, quisiera citar un tratado expuesto por algún
cesar de cuyo nombre no puedo acordarme, que venía a decir lo
siguiente "LATUM CREPIDONTE VENTRIS IN CONVIDIO ALMITENDI" o
algo así, que permitía a toda persona invitada a comer, el
derecho de eructar a su gusto tanto como quisiera. Y este
derecho siempre se ha recordado hasta nuestros días, y resulta
siempre el chiste fácil de aquel que con poca educación termina
eructando en la mesa aludiendo a que en la época de los romanos
estaba bien visto....
Continuando con el derecho mercantil, y volviendo de nuevo a la
época romana, diremos que a falta de un correcto derecho
mercantil, buenos eran los obligados libros de contabilidad de
los banqueros de la época, llamados "acepti et dispensi", que
resultaron ser el antecedente de la contabilidad.
ANTECEDENTES DEL DERECHO MERCANTIL DURANTE LA EDAD MEDIA
Fue durante la edad media que se separó de forma identificativa
lo que venía a ser el derecho mercantil del anterior derecho
civil romano. Por primera vez, y sirviendo de precedente, se le
otorgaba al comercio su justo valor, derivado, no obstante, por
el crecimiento exponencial de las relaciones comerciales entre
todos los pueblos medievales. Distintos productos, distintas
monedas, y distintas formas de comerciar merecían su justo
estudio y regulación en una parte indivisa ajena al antiguo
derecho civil romano.
Se cree que el derecho mercantil nació dentro de las
asociaciones de gremios y mercaderes que inundaban las ciudades
medievales. De esta forman defendían de una mejor manera sus
intereses y ayudaban a una mejor integración de los futuros
participantes al mundo del comercio. Tanto los compradores como
los vendedores estaban interesados en llegar al precio justo,
tanto vale, tanto pago. La justicia por tanto era la virtud por
excelencia que caracterizaba el comercio. Surgen por tanto
diferentes tribunales de mercaderes y diferentes estatutos que
mediaban y resolvían las diferencias que podrían ocasionarse.
Durante la alta edad media, destacan algunos tratados, siempre
relacionados con leyes comerciales marítimas, como pueden ser
las famosas leyes de Wisby asentadas sobre Escandinavia, o
también la obra conocida como "Guidon de laa mer" de origen
francés y autor desconocido, que concretaba numerosas
reglamentaciones en torno al comercio marino.
Posteriormente surgirían diferentes legislaciones repartidas por
toda la geografía europea, destacando la de Burgos del año 1538,
o las de Sevilla de 1554 o la de Bilbao en 1737 varios siglos
después.
Todas estas regulaciones trataban de mantener un orden sobre el
comercio justo, pero no tenían valor vinculante ni eran
perseguidos sus infractores por los gobiernos.
ANTECEDENTES DEL DERECHO MERCANTIL EN LA ÉPOCA MODERNA
Surge en Francia en el siglo XVII lo que viene a ser el
nacimiento del llamado derecho mercantil moderno tal y como lo
conocemos. Se redactaron numerosos edictos y legislaciones que
por primera vez y sirviendo de precedente, comprendían y sentían
las necesidades reclamadas por las actividades comerciales.
Fue tal el impulso del derecho mercantil que poco tardo en
extenderse por el resto de naciones, celebrándose congresos y
conferencias internacionales, tratando diversos temas y
acordando negociaciones entre ellas, como por ejemplo la famosa
reunión de Berna de 1878.
En España, en 1829, de la mano de pedro Sainz de Andino aparece
un código mercantil de influencia napoleónica que
posteriormente fue modificado y sustituido en 1885. En Italia
aparece el código Albertino de 1829 y en Alemania el código del
comercio de 1861.
Como nota final, cabe destacar también el código de las
obligaciones de Suiza de 1911 donde se regulaban de forma unida
tanto las materias de derecho civil como las del derecho
mercantil.